
DeCA
Gratis para Siempre
No vale la pena jugársela
Desde el 5 de octubre de 2026, el DeCA es obligatorio y tiene que ser digital en el transporte público de mercancías por carretera dentro de España.
Con TRANSERGO lo haces en pocos pasos, desde el móvil o el ordenador: cargador, origen y destino, mercancía, vehículo y chófer, con su código QR.
Se lo envías al chófer por WhatsApp o lo imprimes. En un control, basta con escanear el QR.
¿Cambia el chófer, el vehículo o la fecha? El DeCA se actualiza con el mismo QR y deja las anotaciones que pide la norma.
Gratis para siempre. Sin tarjeta.


¿Qué es el DeCA?
El DeCA (Documento de Control Administrativo) es el documento que acompaña a la mercancía en cada envío del transporte público de mercancías por carretera dentro de España. Lo regula la Orden FOM/2861/2012 y recoge, entre otros datos, quién contrata el transporte (el cargador contractual), quién lo hace (el transportista efectivo), el origen, el destino, la mercancía y su peso.
No es un documento nuevo. Lo nuevo es que, a partir del 5 de octubre de 2026, tiene que ser digital.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2013-154
¿A quién afecta y qué plazo tiene?
Afecta a empresas y autónomos que hacen transporte público de mercancías por carretera dentro de España, incluido el cabotaje. Están obligados a formalizarlo tanto el transportista efectivo como el cargador contractual.
La Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible, en vigor desde el 5 de diciembre de 2025, dio diez meses para que el documento de control fuera obligatoriamente digital. La fecha es el 5 de octubre de 2026.
¿A quién afecta y qué plazo tiene?
Afecta a empresas y autónomos que hacen transporte público de mercancías por carretera dentro de España, incluido el cabotaje. Están obligados a formalizarlo tanto el transportista efectivo como el cargador contractual.
La Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible, en vigor desde el 5 de diciembre de 2025, dio diez meses para que el documento de control fuera obligatoriamente digital. La fecha es el 5 de octubre de 2026.

Digital sí, pero ¿en el móvil o en papel?
El DeCA tiene que nacer digital: un PDF generado por un programa, con un código QR que lleva a su propia dirección web, desde la que cualquiera puede descargarlo sin usuario ni contraseña. Lo que ya no vale es un documento rellenado a mano.
En la cabina, el conductor puede llevarlo de dos formas, las dos válidas: en el móvil o impreso en papel, siempre con su QR. Eso sí: lo que se escriba a mano sobre la copia impresa no cuenta.
Y a diferencia de VeriFactu, no hay homologación ni registro de programas: basta con una aplicación que cumpla los requisitos técnicos.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-12784
Digital sí, pero ¿en el móvil o en papel?
El DeCA tiene que nacer digital: un PDF generado por un programa, con un código QR que lleva a su propia dirección web, desde la que cualquiera puede descargarlo sin usuario ni contraseña. Lo que ya no vale es un documento rellenado a mano.
En la cabina, el conductor puede llevarlo de dos formas, las dos válidas: en el móvil o impreso en papel, siempre con su QR. Eso sí: lo que se escriba a mano sobre la copia impresa no cuenta.
Y a diferencia de VeriFactu, no hay homologación ni registro de programas: basta con una aplicación que cumpla los requisitos técnicos.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-12784
¿Qué tiene que llevar el DeCA?
Los datos mínimos son:
-
Cargador contractual: nombre, NIF y domicilio.
-
Transportista efectivo: nombre y NIF.
-
Lugar de origen y de destino.
-
Naturaleza y peso de la mercancía.
-
Fecha del transporte y matrícula del vehículo.
-
Autorización especial de circulación, si la hay, y observaciones.
Además, el cargador y el transportista deben aparecer identificados de forma expresa, y el documento tiene que generarse antes de que empiece el servicio.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-12784
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2013-154
¿Quién está exento?
Los 4 casos
La Orden deja fuera cuatro casos:
-
Los transportes que no necesitan autorización (por ejemplo, vehículos de hasta 2 toneladas de MMA).
-
Las mudanzas.
-
El traslado de vehículos accidentados o averiados en vehículos especiales.
-
La paquetería y servicios parecidos de recogida o reparto de envíos.
Además, el Ministerio recuerda que no se aplica al transporte privado complementario ni al internacional.
Ojo: una furgoneta de 3,5 t con palés de un cliente, dentro de España, sí necesita DeCA.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2013-154

Sanciones: sin periodo de gracia
El documento de control ya era obligatorio antes de la digitalización, y no llevarlo es una infracción de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT).
El Ministerio ha dejado claro que después del 5 de octubre no habrá una etapa de aviso sin multas.
La multa no es lo que más cuesta
Un control en carretera sin un DeCA válido no es solo una sanción: es tiempo perdido, un chófer esperando y un cliente que no recibe su carga a tiempo.
Con TRANSERGO, el DeCA sale del mismo albarán que ya haces: un PDF digital con su QR y su enlace propio, listo en el móvil del chófer antes de salir.
No te la juegues.




